El viernes pasado, coincidiendo
con la recién inventada y fantasmagórica fiesta laboral NaCionalista vasca ya
les alertamos del despropósito (pinchar aquí encima para enlazar).
Pues bien, a lo largo de
la mañana pudimos leer el fantástico artículo del Profesor Chacón Delgado en El
Correo; se podrá decir de mil maneras, pero difícilmente mejor, así que reproducimos
literalmente su contenido, que va a continuación:
“A
nuestro vigente Estatuto de autonomía de 1979, en rigor el primer y hasta ahora
único estatuto pluralista y democrático de Euskadi, se le ha colocado siempre
como antecedente el mitificado Estatuto vasco de 1936, del que se cumple este
año su 80 aniversario: un estatuto cuyo proceso de elaboración y aprobación en
el régimen republicano presenta graves carencias democráticas y cuya exaltación
posterior pervierte el significado histórico del autonomismo vasco, que desde
sus inicios fue pluralista e inclusivo.
El artículo 12 de la Constitución
republicana de 1931 era muy claro y estricto para conceder la autonomía: un
acuerdo de las dos terceras partes de los ayuntamientos, un plebiscito con
participación de las dos terceras partes del censo y la aprobación por las
Cortes. Con la Constitución de 1978, fue el haber celebrado plebiscito
favorable lo que dio pátina de nacionalidad histórica a Euskadi, Cataluña y
Galicia y lo que permitió a estas comunidades, a través de la Disposición
Transitoria segunda, acceder a la autonomía por la vía rápida. Pues bien,
ninguno de esos tres plebiscitos fue limpio.
En el caso vasco, celebrado en
noviembre de 1933, con la excusa de que el listón de participación a superar de
las dos terceras partes del censo electoral era excesivamente exigente, en
Gipuzkoa y Bizkaia se dieron como oficiales porcentajes delirantes, tanto de
participación – superiores al 90%– como de votos afirmativos –del 98%–,
mientras que en Álava la participación no superó el 60% y hubo casi un 12% de
voto negativo. Un resultado, cuando menos llamativo, que mantuvo el plebiscito
en hibernación durante toda la etapa del bienio de derechas en las Cortes
republicanas. Pero al llegar la victoria del Frente Popular, en febrero de
1936, se retomó de nuevo, ya dándolo por bueno, mientras que a la vez se
preparaba un nuevo Estatuto que no tenía nada que ver con el plebiscitado: los
53 artículos del proyecto de 1933 se quedaron en 14 en 1936.
Y por lo que se refiere a la
aprobación en las Cortes del nuevo proyecto de Estatuto de 1936, se llegó a un
acuerdo, como es sabido, entre el Frente Popular, en la persona de Indalecio
Prieto, y el PNV con José Antonio Aguirre. Un acuerdo que pasaba por un apoyo
explícito del nacionalismo al esfuerzo de la guerra, personificado por la
presencia de Manuel de Irujo en el Gobierno de Largo Caballero, y que se
sustanció en la aprobación del Estatuto vasco en Cortes en la sesión de 1 de
octubre de 1936: la misma fecha en la que también se reunió en Burgos la junta
militar que nombraría a Franco generalísimo de los ejércitos y jefe político de
la España adscrita para entonces al nuevo Estado sublevado, que incluía ya a
Navarra, donde se gestó el alzamiento militar, a Álava, sumada también desde el
principio, y a Gipuzkoa, tomada por las armas en el verano de 1936.
La aprobación del Estatuto vasco de
1936, por tanto, se llevó a cabo en unas Cortes que representaban a un Estado
republicano en guerra y donde la presencia de diputados, por las fuentes
disponibles –sin tener constancia documental de su número, porque ninguna
votación fue nominal ese día–, en ningún caso pudo superar el quórum necesario
para aprobar una ley orgánica, marcado en 200 por el reglamento en vigor
entonces. De hecho, casi todas las fuentes hablan de un centenar de diputados
presentes, para un total de 473. Y cuando no, tenemos el testimonio de una
diputada socialista –Matilde de la Torre– que se refiere a las Cortes
republicanas de aquel 1 de octubre como «Cámara semivacía» y «Cámara
unilateral», en un Madrid acosado por el frente y por la retaguardia, donde se
habían producido ya acontecimientos tan luctuosos como los fusilamientos de la
cárcel Modelo, que habían desprestigiado en toda Europa la frágil y ya
abiertamente sectaria democracia republicana.
A la derecha vasca se la motejó
entonces –aparte de fascista en bloque– de contraria a la autonomía, cuando
resulta que todo el régimen de autonomía tradicional –porque no otra cosa
significó la foralidad–, fue protagonizado por ella y cuando fue ella la que
impulsó los primeros intentos de autonomía moderna, tanto el llamado Mensaje de
las Diputaciones vascas de 1917 –emitido, además de por el presidente de la
Diputación de Bizkaia, el comunionista Ramón de la Sota Aburto, por los de
Álava y Gipuzkoa y los once representantes vascos en Cortes, que eran todos de
derechas–, así como el primer proyecto de autonomía, el Estatuto de Estella,
rechazado por las Cortes republicanas de 1931.
Cuando se dice que la derecha vasca
no fue autonomista, se falta a la verdad histórica. Cuando se dice que el
pueblo vasco plebiscitó de modo favorable, se oculta que en Bizkaia y Gipuzkoa
hubo pucherazo y que en Álava no se alcanzó la participación exigida. Y, en
fin, cuando se dice que las Cortes republicanas aprobaron por aclamación el
Estatuto de 1936 –un Estatuto que no tenía nada que ver con el plebiscitado en
1933–, se escamotea que no se respetó el quórum que exigía el reglamento del
Congreso.
Matilde de la Torre, la testigo de excepción que en
sus memorias de reciente aparición relata su vivencia de la sesión de Cortes
del 1 de octubre de 1936 en la que se aprobó el primer Estatuto vasco de la
historia, dejó escrito que la democracia, para entonces, aún no había llegado,
que aún no había nacido, que seguía ausente en aquel Congreso donde los diputados
allí reunidos eran tan contados «que nos recontamos sin darnos cuenta de ello».
¿Por qué, entonces, seguimos mitificando un acontecimiento que no nos une hoy
sino que nos divide, que es más excluyente que inclusivo, que, en definitiva,
no fue ni pluralista ni democrático? ”
¡No dejen de leerlo y de
recomendárselo a personas libres!
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