El Tribunal Constitucional admitió a trámite este jueves (tres meses después de
que el Gobierno presentara la demanda) la impugnación de la convocatoria del pleno
del parlamentín catalán para el 30 de enero de 2018 (que el Torrente suspendió
a la vista del recurso) previsto para investir al huido PutchdelMonte … ahora
se ratifica la imposibilidad de convocar un pleno a los mismos efectos hasta
que haya sentencia (y no es posible que se dicte antes del 22 de mayo, fin del
plazo derivado de las elecciones de 21 de diciembre pasado). O sea, que por
aquí nooooo.
Y
por allá tampoco, porque “El
Consell de Garanties ve ilegal
reformar la ley para investir a Puigdemont a distancia”, conforme
leemos en El Mundo de ayer, que nos informa que, a petición de C’s y PSC, ha
concluido con que “El Consell de
Garanties Estatutàries (CGE) ha dictaminado por unanimidad que la reforma de la
Ley de Presidencia de la Generalitat impulsada por JxCat para investir a
distancia a un presidente de la Generalitat --como Carles Puigdemont (JxCat)--
"vulnera" el reglamento del Parlament, el Estatut y la Constitución”.
O sea que el PutschdelMonte es cada día una momia más en el panteón de los
políticos fracasados.
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