Ayer el “caso Junqueras”, asociado a la
extemporánea sentencia del 19-XII-2019 del TJUE (Tribunal de Justicia de la
Unión Europea), que le reconoció “la
inmunidad como europarlamentario” cuando era un preso preventivo (¡y luego
dicen que los Tribunales españoles son lentos, ¡pues mira que el TJUE!), ha
tenido ayer dos “puntos finales”: uno en materia electoral, en una cuestión de
corte administrativo, y el otro en la cuestión criminal o penal derivada de los dos
delitos por los que ha sido condenado (sedición y malversación), existiendo
sentencia firme (de 14 de octubre), y, por lo tanto, se encuentra en la
actualidad cumpliendo condena (13 años de prisión e inhabilitación), y no está
ya en condición de “preventivo” (que lo era en la fecha de la consulta al TJUE de
nuestro Tribunal Supremo, vía cuestión prejudicial), pero ya no era “preventivo” cuando el TJUE dictó su extemporánea y, por lo tanto, inválida
sentencia.
Por una parte, la Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo)
del Tribunal Supremo, ha desestimado por unanimidad la medida cauteladísima
solicitada por el Junqueras frente al acuerdo de 3 de enero de 2020 de la Junta
Electoral Central que le inhabilitó, por entender que concurría causa de
inelegilidad sobrevenida (la sentencia de 14 de octubre), por lo que declaró la
pérdida de su condición de eurodiputado y anuló su mandato.
Y por otro lado, la Sala Segunda (de lo Penal)
del Tribunal Supremo, por medio de dos autos ha rechazado doblemente las
peticiones del tal Junqueras: desestima su recurso de súplica contra la decisión
del propio tribunal que le impidió desplazarse al Congreso de los Diputados
para recoger el acta de eurodiputado y, además, por otra parte, defiende la “validez
y eficacia” de la sentencia del 14 de octubre de 2019 que convierte al Junquera
de acusado o imputado en condenado.
O sea, al Junqueras el Tribunal Supremo, podría
decirse que, incluso por delegación del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión
Europea), le cierra doble, y definitivamente, la escapatoria para
irse “de rositas” al Parlamento Europeo.
Y como todo esto se veía venir … de ahí una de las
causas mas evidentes de las prisas de “Snchz” por acelerar la sesión de investidura;
hoy mismo, esas sentencia del T.S. de ayer hubieran encarecido aún más (o
impedido) el acuerdo con ERC para su investidura (esa que se logró hace solo
cuatro días, contados uno a uno).
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