¿Qué es un “liberado sindical”?:
- Los liberados sindicales son trabajadores de la empresa o funcionarios, en el caso de la Administración Pública, que no pisan su puesto de trabajo porque sumando su propio crédito horario sindical y las horas que les ceden otros delegados, tienen más horas “destinadas” a la actividad sindical que el número total de horas que tendrían que ir a trabajar.
- Estas horas dependen del volumen de trabajadores de la empresa. El Estatuto de los Trabajadores indica que "podrán pactarse en convenio colectivo la acumulación de horas de los distintos miembros del comité de empresa y, en su caso, de los delegados de personal, en uno o varios de sus componentes, sin rebasar el máximo total, pudiendo quedar relevado o relevados del trabajo”, y evidentemente sin pérdida de remuneración.
Es decir, uno o varios miembros del comité de empresa pueden usar sus horas sindicales o dárselas a otro compañero. Si la suma de las horas sindicales que uno recibe ocupa toda su jornada laboral, se convierte en 'liberado', la legislación le permitirá dedicar todas a esas horas, es decir, toda su jornada, a la actividad sindical. Por norma el puesto de trabajo del “liberado sindical”, que queda “vacío, se ocupa contratando a otro trabajador para suplirle, lo cual, en definitiva, supone que un puesto de trabajo determinado esta ocupado por dos personas que cobran dos nóminas íntegras: la del que se dedica al sindicato y la del que trabaja de verdad.
Por cierto, nadie controla la dedicación real ni la actividad de los “liberados sindicales”.
Por cierto, nadie controla la dedicación real ni la actividad de los “liberados sindicales”.
¿Cuántos “liberados sindicales” hay en España?:
- Ni el Gobierno ni los sindicatos dan datos oficiales sobre el número de “liberados sindicales” que hay en España ya que no existe ningún tipo de censo. Según fuentes sindicales, en la actualidad hay más de 350.000 representantes sindicales (no confundir con “liberado sindical”) tanto del sector público como del sector privado. Pero saber cuántos de estos son “liberados” es una tarea casi imposible.
Hace dos años la CEOE se aventuró a dar una cifra de 'liberados' en el sector privado en un informe en el que estableció que 4.200 trabajadores dedican toda su jornada laboral a las cuestiones sindicales.
- En el caso del sector público las cifras están entre los 9.000 y los 10.000, aunque son cifras sin confirmar.
Según una reciente información de EL MUNDO, a partir del 1 de octubre de este año el Gobierno eliminará 6.000 de estos cerca de 10.000 liberados sindicales.
¿Qué 'ventajas' tienen los “liberados sindicales”?, ¿dónde están sus otros “chollos”?:
- El Estatuto de los Trabajadores establece una serie de garantías para los representantes sindicales y, por ende, para los liberados que pasan por tener prioridad de permanencia en la empresa respecto de los demás trabajadores, "en los supuestos de suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas".
- "No podrá ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato, salvo en caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, según lo establecido por el despido disciplinario".
- Asimismo tampoco será discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su representación, entre otras.
¿Cuánto cuestan los “liberados sindicales” a las empresas y a la Administración Pública?
- Aunque es complicado hacer una estimación del coste que supone un liberado sindical, la patronal estableció hace un par de años que los 4.200 liberados sindicales indicados, según la CEOE cuestan "más de 250 millones de euros al año, al margen y sin contar si hay que contratar a alguien (que es lo habitual) para que realice el trabajo que deja de hacer el “liberado sindical”.
- Según las previsiones del Gobierno, dadas a conocer por EL MUNDO, el Gobierno tiene previsto ahorrar con la reducción de los “liberados sindicales” unos 150 millones de euros al año.
¿Diferencias entre lo público y privado?
- Los representantes sindicales del sector privado se rigen por el Estatuto de los Trabajadores, mientras que los de la Administración lo hacen por el Estatuto de la Función Pública. Sin embargo las diferencias son muy pocas, la mayoría terminológicas y sin ninguna trascendencia práctica.
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