

Pues bien, la sentencia considera que no toda "decoración" con fotos de convictos nacionalistas vasco supune automáticamente incurrir en el delito de "enaltecimiento del terrorismo", y en el caso presente ha absuelto a los "angelitos NaCis" del mencionado delito. Leer la sentencia es altamente ilustrativo.
Y no debe quedar la sensación de que en todo caso, momento y circunstancia la exhibición de fotos de etarras no es delito, sino más bien lo contrario, es decir, la regla general es la existencia del delito pero habrá casos en que no se considere así por los jueces españoles de la Audiencia Nacional. Es preciso tener en cuenta, además, que la sentencia esta recurrida ante el Tribunal Supremo, así que no esta aun resuelto el asunto.
Y para que no quede esa sensación de victoria del terrorismo y de sus compinches, ha venido bien la portada (y paginas interiores) de El Correo de este pasado martes (en la imagen).
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