Que
una ley sea motivo de actualidad política suele ser relativamente frecuente en
la fase de elaboración, sobre todo cuando hay divergencias ideológicas en
juego, pero que lo sea una ley debidamente asentada en el orden público
jurídico político desde hace décadas (la Constitución de 1978, desde hace casi
40 años) ya no es tan frecuente.
Sin embargo el art. 99 de nuestra Carta Magna
está en el candelero (en el “candelabro” diría alguna), y ello por un doble
motivo: porque regula el procedimiento de investidura, que es claro y diáfano,
pero también por la torpeza de Pachi Nadie que pretendió incumplir el plazo de
las 48 horas que deben mediar entre las dos votaciones del candidato, trampa
que fue impedida por el anuncio del PP de acudir al Tribunal Constitucional.
Pues bien, hoy se celebra la segunda votación de la "no-investidura" del candidato "Snchz", en el marco del apartado 3, y de resultar negativa (cosa altamente previsible) pasaremos inmediatamente (nosotros, los primeros actores de la cosa y España entera) al apartado 4 ...
Y el art. 99 de la Constitución seguirá en boca de todos durante los próximos cuatro meses.
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