El Tribunal de Justicia de la E. U., en Luxemburgo, resolvió este pasado jueves una cuestión prejudicial (consulta) que le fue planteada hace dos años por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, relativa al encaje legal del Concierto Económico en el marco nacional y europeo.
En el desarrollo del procedimiento, el Gobierno de la Nación estuvo al lado del gobierno regional vasco, frente a dos comunidades autónomas vecinas: La Rioja y Castilla-León (¡cosas veredes!), entre otros litigantes.
La sentencia ha sido bien recibida por las instituciones vascas, el Gobierno de España y los partidos políticos vascos mayoritarios, incluidos PSOE y PP; sólo los NaZionalistas más radicales se han mostrados disgustados con la sentencia, precisamente porque no establece una especie de “independencia” fiscal vasca con relación a la fiscalidad española, ya que, antes al contrario, ratifica la idea de “autonomía” frente a la de “independencia”.
A nosotros particularmente nos parece significativo que la sentencia considere a los territorios forales como una “entidad infraestatal”, que constate que existe la autonomía en los aspectos institucional, procedimental y económico, y, sobre todo, que atribuya al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la competencia para juzgar si el Impuesto de Sociedades (que es el asunto que dio origen a la consulta) cumple la normativa.
Así las cosas, bien esta lo que esta bien; el Concierto Económico no es un instrumento para la independencia que buscan los nuevos NaCis, sino un instrumento plena y perfectamente insertado en el sistema fiscal español, y se atribuye al sistema judicial español la competencia para juzgar si la normativa de desarrollo del Concierto, en lo que se refiere a los impuestos concertados, se ajusta a derecho.
Cuestión distinta es si los NaZionalistas van a jugar a otra cosa; y desde aquí proclamamos que si se producen interpretaciones torticeras de los gobernantes NaCis, o si estos vulneran el principio de lealtad que se deben las administraciones públicas … habría que iniciar los trámites oportunos para evitar que el Concierto se desnaturalice, que podrían llegar a su suspensión en casos extremos.
Otra cuestión a abordar de forma inmediata es si el famoso 6,24%, que determina los flujos económicos entre el conjunto del territorio nacional y las Vascongadas es el adecuado o no. Y mucho nos tememos que ese guarismo se determinó por criterios políticos y no económicos hace casi 30 años … y que urge revisar a la alza de forma inmediata. Téngase en cuenta que la inmutabilidad práctica del citado 6,24% se compadece mal con los numerosos cambios que han tenido los porcentajes internos de distribución de flujos económicos entre las tres provincias vascas en relación con el gobierno de Vitoria y consigo mismas.
En el desarrollo del procedimiento, el Gobierno de la Nación estuvo al lado del gobierno regional vasco, frente a dos comunidades autónomas vecinas: La Rioja y Castilla-León (¡cosas veredes!), entre otros litigantes.
La sentencia ha sido bien recibida por las instituciones vascas, el Gobierno de España y los partidos políticos vascos mayoritarios, incluidos PSOE y PP; sólo los NaZionalistas más radicales se han mostrados disgustados con la sentencia, precisamente porque no establece una especie de “independencia” fiscal vasca con relación a la fiscalidad española, ya que, antes al contrario, ratifica la idea de “autonomía” frente a la de “independencia”.
A nosotros particularmente nos parece significativo que la sentencia considere a los territorios forales como una “entidad infraestatal”, que constate que existe la autonomía en los aspectos institucional, procedimental y económico, y, sobre todo, que atribuya al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la competencia para juzgar si el Impuesto de Sociedades (que es el asunto que dio origen a la consulta) cumple la normativa.
Así las cosas, bien esta lo que esta bien; el Concierto Económico no es un instrumento para la independencia que buscan los nuevos NaCis, sino un instrumento plena y perfectamente insertado en el sistema fiscal español, y se atribuye al sistema judicial español la competencia para juzgar si la normativa de desarrollo del Concierto, en lo que se refiere a los impuestos concertados, se ajusta a derecho.
Cuestión distinta es si los NaZionalistas van a jugar a otra cosa; y desde aquí proclamamos que si se producen interpretaciones torticeras de los gobernantes NaCis, o si estos vulneran el principio de lealtad que se deben las administraciones públicas … habría que iniciar los trámites oportunos para evitar que el Concierto se desnaturalice, que podrían llegar a su suspensión en casos extremos.
Otra cuestión a abordar de forma inmediata es si el famoso 6,24%, que determina los flujos económicos entre el conjunto del territorio nacional y las Vascongadas es el adecuado o no. Y mucho nos tememos que ese guarismo se determinó por criterios políticos y no económicos hace casi 30 años … y que urge revisar a la alza de forma inmediata. Téngase en cuenta que la inmutabilidad práctica del citado 6,24% se compadece mal con los numerosos cambios que han tenido los porcentajes internos de distribución de flujos económicos entre las tres provincias vascas en relación con el gobierno de Vitoria y consigo mismas.
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